Tomado de Universo Abierto
Keller, P., & Reda, J. (2021). Whitepaper: Proposal to leverage Article 17 to build a public repository of Public Domain and openly licensed works. Open Future. Retrieved from https://openfuture.pubpub.org/pub/whitepaper-article17-public-domain-repository
El artículo 17 es, con diferencia, el más controvertido de la Directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital de 2019. Este artículo establece un nuevo régimen de responsabilidad para los llamados proveedores de servicios de intercambio de contenidos en línea (OCSSP) que operan en la UE. La versión final del artículo 17, que es el resultado de largas y polémicas negociaciones, tiene una serie de objetivos, a veces conflictivos, dentro de sus 10 subapartados. Entre ellos se encuentra la obligación de las plataformas de cooperar con los titulares de derechos para hacer todo lo posible por impedir la disponibilidad de las obras que los titulares de derechos quieren que se bloqueen, en el artículo 17, apartado 4, y el requisito -en el artículo 17, apartado 7- de que dicha cooperación entre los titulares de derechos y las plataformas no dé lugar a que se impida la disponibilidad de las obras cargadas por los usuarios, que no infringen los derechos de autor.
Conciliar estos dos requisitos aparentemente contradictorios es uno de los principales retos a los que se enfrentan los Estados miembros en su aplicación nacional de la Directiva y, por extensión, los proveedores de servicios de pago en línea, que tendrán que garantizar que sus prácticas se ajustan a ellos. Y aunque el cumplimiento de los derechos fundamentales de las disposiciones contenidas en el apartado 4 del artículo 17 todavía está siendo revisado por el TJUE, los primeros Estados miembros ya han promulgado las implementaciones nacionales. El intento más notable de conciliar las obligaciones contradictorias en la práctica se encuentra en la ley de aplicación alemana que ha entrado en vigor el 1 de agosto de 2021.
La implementación alemana incluye una serie de disposiciones que están específicamente diseñadas para reducir el riesgo del llamado bloqueo excesivo: El bloqueo o la eliminación injustificada de subidas a raíz de las solicitudes de los titulares de derechos para impedir la disponibilidad de sus obras de acuerdo con el artículo 17, apartado 4, de la directiva. Estas disposiciones incluyen el requisito de no bloquear las cargas “presuntamente legítimas” y el requisito de mantener disponibles las cargas controvertidas hasta que se resuelva el conflicto.
Tomado de Universo Abierto
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Ingrese su texto en esta ventana. Aparecerá publicado pasadas unas horas. Muchas gracias.