lunes, 9 de julio de 2018

La formación de los profesores y la atención a los alumnos con alta capacidad (3/3)

Escribe Javier Tourón


Terminamos la serie de tres entradas en las que se recoge un extenso catálogo de lo que deberían saber y saber hacer los profesores que hayan de atender a los alumnos de más capacidad. Para mayor comodidad, al final de la entrada incluiré un enlace desde el que se podrá descargar el documento completo para que se pueda estudiar y difundir. ¿Os imagináis lo que ocurriría si los profesores dominasen mínimamente parte de lo que se considera adecuado? Aquí, en lugar de platearnos: ¡vamos a por ello!, preferimos ignorar el problema y mirar hacia otro lado. Mientras, el talento se va yendo por las rendijas de la inacción, la negligencia o la ignorancia. La principal responsabilidad la deposito en los directores de los centros educativos que son quienes, lejos de la burocracia y el papeleo, deberían ser auténticos líderes de la instrucción. La Administración también tiene lo suyo, pero para qué insistir en lo ya sabido. Unos y otros deberán responder, junto con los profesores, por lo menos ante sí mismos a esta pregunta: cuando yo estuve en aquella posición, ¿qué hice por ellos?
Bueno, pues vamos con los tres últimos estándares que versan sobre la planificación de la instrucciónla evaluaciónla práctica profesional y ética y la colaboración.
Estándar 7: Planificación de la instrucción
La planificación curricular y de la instrucción es el aspecto central de la educación de los más capaces y con talento. Los educadores de éstos desarrollan planes de largo alcance que se apoyan en el currículo general y especial. Sistemáticamente establecen metas a corto plazo y objetivos que tienen en cuenta las capacidades, las necesidades, el entorno de aprendizaje y los factores culturales y lingüísticos. La comprensión de estos factores, así como las implicaciones de ser de alta capacidad y con talento, guía la selección, adaptación y creación de materiales por los educadores, así como el uso de estrategias de instrucción diferenciadas. Los planes de aprendizaje de acuerdo con la evaluación del progreso de los individuos. Más aún, los educadores de los más capaces facilitan estas acciones en contextos colaborativos que incluye a los alumnos con alta capacidad y talento, sus familias, colegas de profesión y personal de otras instituciones cuando sea necesario. Los educadores de los más capaces se encuentran cómodos utilizando tecnología que ayude a la planificación de la instrucción y a la enseñanza individualizada.
“Los profesores deben conocer...”:
K1.  Las teorías y modelos de investigación que constituyen la base del desarrollo curricular y la práctica de la enseñanza para los más capaces y con talento.
K2.  Las características que distinguen el currículo diferenciado del currículo general, para los alumnos más capaces y con talento.
K3.  El énfasis curricular, para los alumnos más capaces y con talento, en los dominios cognitivo, afectivo, estético, social y lingüístico.
“Los profesores deben tener la competencia o destreza para, o ser capaces de...”:
S1.  Alinear planes instructivos diferenciados con los estándares locales, autonómicos o nacionales
S2.  Diseñar planes de aprendizaje diferenciados para alumnos con alta capacidad y talento, incluyendo a aquéllos de diverso origen.
S3.  Desarrollar planes con la amplitud y secuencia adecuada para los más capaces y con talento.
S4.  Seleccionar recursos curriculares, estrategias y opciones que respondan a las diferencias culturales, lingüísticas e intelectuales entre los más capaces y con talento
S5.  Seleccionar y adaptar una variedad de diferenciaciones curriculares que incorporen contenidos avanzados, conceptualmente estimulantes, con nivel de profundidad, específicos y complejos.
S6.  Integrar en los planes de aprendizaje actividades de orientación académica y vocacional para los alumnos con alta capacidad y talento.
Estándar 8: Evaluación
La evaluación es un elemento integral de la toma de decisiones y la enseñanza de los educadores de los más capaces ya que se requieren múltiples tipos de informaciones evaluativas, tanto para la identificación como para las decisiones relativas al progreso del aprendizaje. Los educadores de los más capaces utilizan los resultados de tales evaluaciones para adaptar la instrucción y para mejorar el proceso de aprendizaje. Los educadores de los más capaces comprenden el proceso de identificación, las políticas, los principios éticos de la medida y la evaluación relativas a la inclusión, elegibilidad, planificación de programas, instrucción y ubicación de personas con alta capacidad y talento, incluyendo las de los alumnos que proceden de entornos culturales y lingüísticos diversos. Comprenden la teoría y práctica de la medida, de modo que pueden interpretar adecuadamente los resultados de las evaluaciones. Además, los educadores de los más capaces, conocen cuáles son los usos y limitaciones de los diversos tipos de evaluaciones. Para asegurar la utilización de modelos de identificación y de progreso de los aprendizajes que sean equitativos y sin sesgo, los educadores de los más capaces emplean modelos de evaluación alternativos, como la evaluación basada en rendimientos diversos, portafolios y simulaciones por ordenador.
“Los profesores deben conocer...”:
K1.  Los procesos y procedimientos de identificación de las personas con alta capacidad y talento.
K2.  Los usos, limitaciones e interpretación de evaluaciones múltiples, en diferentes dominios, para identificar a las personas con necesidades de aprendizaje excepcionales, incluyendo aquéllos de orígenes diversos.
K3.  Los usos y limitaciones de las evaluaciones que documentan el crecimiento académico de los más capaces y con talento.
“Los profesores deben tener la competencia o destreza para, o ser capaces de...”:
S1.  Emplear enfoques para la identificación que sean insesgados y equitativos, incluyendo aquéllos alumnos de orígenes diversos.
S2.  Utilizar adecuadamente los procedimientos de evaluación cuantitativos y cualitativos para la identificación y ubicación de los alumnos con alta capacidad y talento.
S3.  Llevar a cabo evaluaciones diferenciales basadas en el currículo para su utilización en la planificación de la instrucción y el desarrollo del currículo de los alumnos con alta capacidad y talento.
S4.  Utilizar evaluaciones y tecnologías alternativas para valorar el aprendizaje de las personas con alta capacidad y talento.
Estándar 9: Práctica profesional y ética
Los educadores de los más capaces guían su práctica profesional y su conducta ética por estándares. Llevan a cabo su trabajo adoptando funciones múltiples y afrontando situaciones complejas en un amplio rango de edades y estadios del desarrollo. Su práctica requiere una atención permanente a consideraciones profesionales y éticas. Están implicados en actividades profesionales que promueven el crecimiento de las personas con alta capacidad y talento y se actualizan ellos mismos mejorando sus prácticas a partir de las mejores evidencias. Los educadores de los más capaces se ven así mismos como aprendices permanentes a lo largo de toda su vida y, de modo regular, reflexionan sobre su actividad práctica y la adaptan de acuerdo con ello. Son conscientes de cómo las actitudes, las conductas y los modos de comunicarse pueden influir en su práctica. Los educadores de los más capaces entienden que la cultura y el lenguaje interactúan con las capacidades y los talentos y son sensibles a muchos aspectos de la diversidad de las personas con alta capacidad y talento y sus familias.
“Los profesores deben conocer...”:
K1.  Los marcos personales y culturales de referencia que afectan a la propia enseñanza respecto de las personas con capacidades y talentos, entre ellos los prejuicios sobre las personas de diversos orígenes.
K2.  Las organizaciones y publicaciones relevantes en el campo de la alta capacidad y el talento.
“Los profesores deben tener la competencia o destreza para, o ser capaces de...”:
S1.  Evaluar las destrezas personales y las propias limitaciones para enseñar a las personas con necesidades de aprendizaje excepcionales.
S2.  Mantener la confidencialidad en la comunicación con los más capaces y con talento.
S3.  Alentar y modelar el respeto a toda la gama de diversidad entre las personas con dones y
talentos.
S4.  Llevar a cabo actividades en la educación de niños dotados y con talento cumpliendo con las leyes, políticas y estándares de una práctica ética.
S5.  Mejorar su propia práctica a partir de un desarrollo profesional basado en evidencias apoyadas por la investigación en el campo de la alta capacidad y otros ámbitos relacionados.
S6.  Participar en actividades de organizaciones profesionales relacionadas con la educación de los más capaces y con talento.
S7.  Reflexionar sobre la propia práctica para mejorar la enseñanza y guiar el propio crecimiento profesional en la educación de los más capaces y con talento.
Estándar 10: Colaboración
Los educadores de los niños dotados colaboran de forma efectiva con las familias, otros educadores y otros proveedores de servicios. Esta colaboración aumenta las opciones de programas integrales articulados en los niveles educativos y la participación de las personas con dones y talentos en actividades de aprendizaje significativas. Por otra parte, los educadores de los niños dotados asumen su papel especial como defensores de las personas con dones y talentos. Promueven y abogan por el aprendizaje y el bienestar de las personas con dones y talentos en las más diversas circunstancias y variadas experiencias de aprendizaje.
“Los profesores deben conocer...”:
K1. Los comportamientos culturalmente sensibles que promueven una comunicación efectiva y la colaboración con las personas con dones y talentos, sus familias, personal de la escuela, y otros miembros de la comunidad
“Los profesores deben tener la competencia o destreza para, o ser capaces de...”:
S1.  Responder a las preocupaciones familiares de las personas con alta capacidad y talento.
S2.  Colaborar con las partes interesadas fuera del entorno escolar, que atienden a personas
con necesidades educativas excepcionales y sus familias.
S3.  Abogar por el beneficio de las personas con dones y talentos y sus familias.
S4.  Colaborar con las personas con dones y talentos, sus familias, los educadores generales y especiales, y otro personal escolar para articular programa educativo comprehensivo desde preescolar hasta secundaria.
S5.  Colaborar con las familias, los miembros de la comunidad y los profesionales en la evaluación de las personas con dones y talentos.
S6.  Comunicar y consultar con el personal escolar acerca de las características y necesidades de las personas con dones y talentos, incluyendo a personas de diversos orígenes.
 El documento completo puede descargarse desde el enlace siguiente:
Tomado de Javier Tourón con permiso de su autor

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